lunes, 9 de mayo de 2011
LA RESPONSABILIDAD
El término responsabilidad tiene varios sentidos en el lenguaje corriente y en el lenguaje de los juristas, pero el que aquí nos interesa es el siguiente RESPONSABILIDAD COMO PUNIBLE O MORALMENTE REPROCHABLE Significa que el agente es acreedor de una pena o de un reproche moral. Cuando el Juez declara responsable (deber de responder) por ejemplo. Cuando deba aplicarse al individuo una sanción CLASES DE RESPONSABILIDAD La responsabilidad se clasifica de la siguiente manera: Responsabilidad Civil.- Es una responsabilidad de tipo pecuaniaria. Se materializa a través de reparaciones de carácter pecuniario. Responsabilidad Penal.- Está establecida en el Código Penal y Código Penal Militar (en lo que se refiere a derecho codificado) principalmente, y además en otras normas (en lo que se refiere a derecho no codificado). La responsabilidad penal puede ser de dos tipos faltas y delitos y se encuentran consagradas en el Código Penal principalmente. Es decir, se refiere a sanciones penales Responsabilidad Administrativa.- Responsabilidad Política.- A su vez los autores hablan de responsabilidad contractual (la nacida de los contratos) y responsabilidad extracontractual (fuera del contrato y generalmente producto de actos ilícitos).
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